jueves, 1 de noviembre de 2012

LOE


Anterior a la publicación de la LOE, la enumeración de leyes que se han ido sucediendo desde la Ley General de Educacion de 1970 ha sido la siguiente:
LGE, 1970
Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa
 
LODE, 1985
Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.

LOGSE, 1990
Ley Orgánica 1/1990 de Ordenación General del Sistema Educativo
 
LOPEG, 1995
Ley Orgánica 5/1995 de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes
 
LOCE, 2002
Ley Orgánica  0/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación
 
LOE, 2006
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educació

 
 
 
 
 
LOE, basada en el ART. 27 de los Derechos Fundamentales de los españoles:
 
1.      Todos tienen derecho a la educación
2.      Libertad de enseñanza (distinta tipología de centros: privado, publico, concertado)
3.      Objetivo: el pleno desarrollo de la personalidad. Principios democráticos

4.      Derecho d elos padres a la elección de la formación religiosa.

5.      Enseñanza básicas gratuita y obligatoria, (con la posibilidad de la educación por parte de los padres en casa)

6.      Participación para la elaboración de programas de enseñanza educativos, donde debe intervenir la comunidad educativa (el Libro Blanco).

7.      Creación de centros educativos

8.      Inspección educativa

9.      Reconocimiento de la universidad como autónoma.

 

Currículo
 
Según El artículo 6 de la LOE define el currículo como:

«el conjunto de objetivos, competencias básicas , contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación».

 Del currículum general, las comunidades autónomas, cogen el 65% si hablan el castellano, si no cogen el 55% (hasta llegar al 100%, ponen un 45%de su lengua natal)

En caso de la comunidad de Castilla La Mancha, pueden incluir el Plan de Lectura o Tecnología o Artísticas como obligatorias.

 

Competencia básica

La introducción que la Ley Orgánica de Educación (LOE) hace en el currículo escolar español del término "competencias básicas" no es una mera definición de un concepto, sino que implica una completa reformulación de los métodos de enseñanza. Del "saber" al "saber hacer", de "aprender" a "aprender a aprender"; el objetivo es que, una vez cumplida la etapa de escolarización obligatoria, los jóvenes hayan alcanzado una serie de competencias que les permitan incorporarse a la vida adulta y al mercado laboral de manera satisfactoria.

De este modo, el currículo de las áreas o materias de las diferentes etapas educativas obligatorias se ha diseñado de manera que cada una contribuya, en mayor o menor medida, al desarrollo y adquisición de ocho competencias básicas:
  • Competencia en comunicación lingüística.
  • Competencia matemática.
  • Competencia en el conocimiento y la interacción con el mundo físico.
  • Tratamiento de la información y competencia digital.
  • Competencia social y ciudadana.
  • Competencia cultural y artística.
  • Competencia para aprender a aprender.
  • Autonomía e iniciativa personal.

¿Por qué se han introducido estas competencias en el currículo?

Principalmente como una respuesta a la nueva demanda en materia de educación que requiere la sociedad actual. Una educación y formación que, más que enfocada a la pura adquisición de conocimientos se oriente al desarrollo de destrezas y habilidades que resulten útiles para los jóvenes a la hora de desenvolverse de manera autónoma en la vida diaria. Es decir, además de "saber" los alumnos deben saber aplicar los conocimientos en un contexto real, comprender lo aprendido y tener la capacidad de integrar los distintos aprendizajes, ponerlos en relación y utilizarlos de manera práctica en las posibles situaciones o contextos a los que se tengan que enfrentar diariamente.

Pero la introducción de estas competencias en el currículo no afecta únicamente al diseño de las áreas de aprendizaje, sino que también implica un cambio en la organización escolar, ya que ésta contribuirá también a la adquisición de las competencias básicas. Las normas internas de los centros, las instalaciones de que dispongan, la organización de la biblioteca escolar, las actividades extraescolares... todo ello debe estar orientado a facilitar el desarrollo de estas competencias. Asimismo, la labor del profesorado es fundamental para alcanzar los objetivos marcados por las competencias básicas que, además de los cambios que implica en el modo de enseñar, deberán evaluar a los alumnos no sólo por los conocimientos adquiridos, sino en la medida que estos han contribuido a la adquisición de las competencias y deben enfocar la acción tutorial a este objetivo, orientando y estimulando de manera personalizada el proceso de aprendizaje de los alumnos


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